Auto de apelación en pieza de medidas cautelares previas. Revoca el auto del JPI nº 4 de Segovia de 18.3.2011, que había denegado la suspensión, y acuerda suspender los acuerdos de la junta general ordinaria de 22.5.2010, cuya nulidad se ventilaba en el pleito principal.
Su interés para el corpus es doble. Aporta un dato de hecho que ningún otro documento recoge: que la propia Comunidad había paralizado voluntariamente esos acuerdos por decisión de 7.8.2010. Y muestra el razonamiento que llevó a suspenderlos igualmente, pese a esa paralización voluntaria.
Captura: escaneo sin capa de texto, volcado por OCR. El reconocimiento pierde de forma sistemática el último carácter de cada línea junto al margen derecho (“por l:” por “por la”), por lo que las citas literales de este Source se han cotejado visualmente contra el PDF. El documento tiene paginación impresa coincidente con la física. Fecha de notificación estampada en portada: 2.9.2011, dos meses posterior a la del auto.
Partes: junto a la Asociación de Copropietarios apelaron tres propietarios a título individual. Son las mismas partes que en el juicio ordinario 668/2010 sobre la junta extraordinaria de ese mismo día (SRC-2011-JPI5-SEGOVIA-70), pero el pleito y el objeto son distintos.