Afirmación · Hecho
Los acuerdos anulados de la junta de 18.2.2001 eximían a las parcelas sin chalet edificado de contribuir al alumbrado, vigilancia, viales, saneamiento y basuras, cargando esos gastos solo a quienes habían edificado.
HechoDocumentadoBorrador — pendiente de revisión documental
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Sentencia 335/2009pág. 7FD Segundo29 de mayo de 2009
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«reputa como individualizables determinados gastos generados por elementos y servicios comunes de interés de todos los propietarios, tales como el alumbrado de la urbanización, el servicio de vigilancia, el mantenimiento de las viales, la red de saneamiento y la recogida de basuras, y exonera de su pago a las parcelas que no tienen edificado un chalet»
El JPI había advertido del absurdo práctico: “la urbanización solamente estaría alumbrada en los concretos puntos en los que existen parcelas edificadas” (pág. PDF 6). Este criterio de reparto es el trasfondo de buena parte del conflicto vecinal documentado.
En el grafo
- Tema: Las juntas de la Comunidad de Propietarios y su impugnación
- Actor: Comunidad de Propietarios del Complejo Urbanístico Residencial de los Ángeles de San Rafael
- Acontecimiento: Junta General Ordinaria de la CP cuyos acuerdos de distribución de gastos fueron anulados
- Responde a: ¿Cómo deben repartirse los gastos comunes de la urbanización?