Afirmación · Hecho

El Ayuntamiento de El Espinar y las cuatro sociedades promotoras del complejo suscribieron un convenio urbanístico previo a las Normas Subsidiarias aprobadas en 1995, por el que el Ayuntamiento se obligaba a defender ante la Comisión Provincial de Urbanismo la ordenación pactada.

NOTE-2012-ASC-OPOSICION-APELACION-002

HechoDocumentadoBorrador — pendiente de revisión documentalEvidencia incompleta

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Escrito de parte, 2012pág. 8Alegación (transcripción del convenio entre el Ayuntamiento y las promotoras)17 de julio de 2012

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«El Ayuntamiento se obliga a defender ante la Comisión Provincial de Urbanismo, para su aprobación Definitiva, la citada propuesta de Ordenación y Determinaciones del Planeamiento que figuran más adelante como Anexos»

La afirmación se atribuye al convenio transcrito, no a la Asociación. Documenta una relación de cooperación entre el Ayuntamiento y las promotoras en la definición del planeamiento del complejo, en vísperas de las Normas Subsidiarias que después serían la base de la obligación de constituir entidad de conservación (NOTE-2011-TSJCYL-271-009).

evidenceStatus: incomplete por partida doble: el convenio no consta en el corpus y se conoce solo a través de la transcripción parcial que hace un escrito de parte interesado en él. Su fecha exacta no consta en lo transcrito; la Asociación lo sitúa antes de la aprobación de las Normas por la Comisión Provincial de Urbanismo en 1995.

Las cuatro sociedades que firman —Rancho Valdeolivas, Compañía Internacional de Bienes Raíces, Promotora Inmobiliaria La Mezquita y Promotora Inmobiliaria Matas Verdes— son las mismas que el corpus ya registra como promotoras del complejo.

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