Afirmación · Hecho
Según la Comunidad de Propietarios, unos acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de El Espinar de 1966 autorizaron la creación del complejo condicionada a que el mantenimiento, la conservación y los servicios urbanos corrieran a cargo de los propietarios de las parcelas.
¿De dónde sale esto?
Comunicación, 2013pág. 1Párrafo tercero10 de junio de 2013
Ver lo que dice el documento
«partimos de unos acuerdos del Pleno del Ayuntamientos de El Espinar del año 1966 que autorizaron la creación del Complejo Urbanístico Residencial de los Ángeles de San Rafael condicionada a que tanto el mantenimiento y conservación como la prestación de los servicios urbanos corriera a cargo de los propietarios de las parcelas»
Sitúa el origen del régimen de conservación privada un año antes que el Plan Parcial de 28.11.1967, y en un acto municipal, no en una decisión del promotor. Si es exacto, explica por qué la conservación privada aparece después como una determinación del Plan Parcial: el condicionamiento vendría de la propia autorización municipal previa.
evidenceStatus: incomplete porque el corpus no contiene esos acuerdos de 1966 ni ningún documento que los cite: la afirmación procede de una comunicación de parte. Conviven con ella dos versiones distintas del mismo origen, tampoco acreditadas por el documento que las contiene: que la conservación privada deriva de las determinaciones del Plan Parcial de 1967 (NOTE-2011-TSJCYL-271-007) y que deriva de una negativa municipal a aceptar la cesión ofrecida en 1967 (NOTE-2016-EUC-CARTA-004).