Afirmación · Alegación de parte

La circular de la CP de 2026 afirma que la Asociación agrupa a no más de 125 comuneros y le atribuye una oposición sistemática a la recepción, la Mancomunidad, el agua y la subsistencia de la EUC.

NOTE-2026-CP-LASR-CIRCULAR-001-003

Alegación de parteDocumentadoBorrador — pendiente de revisión documental

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Consta en

Circular, 2026pág. 1Circular, apartado b19 de mayo de 2026

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«Dicha entidad se integra por un muy reducido número de comuneros, (no más de 125), y de otras personas ajenas a la comunidad cuyo obrar se caracteriza por la morosidad y su litigiosidad»

Alegación abiertamente hostil de una parte contra la otra; se registra porque retrata el estado del conflicto vecinal en 2026, no como descripción fiable de la Asociación. Contrasta con las resoluciones judiciales del corpus, que reconocieron reiteradamente la legitimación de la Asociación (p. ej. NOTE-2017-TSJCYL-141-006) y le dieron la razón en varios pleitos.

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