Afirmación · Alegación de parte
La circular de la CP de 2026 afirma que la Asociación agrupa a no más de 125 comuneros y le atribuye una oposición sistemática a la recepción, la Mancomunidad, el agua y la subsistencia de la EUC.
Alegación de parteDocumentadoBorrador — pendiente de revisión documental
¿De dónde sale esto?
Consta en
Circular, 2026pág. 1Circular, apartado b19 de mayo de 2026
Ver lo que dice el documento
«Dicha entidad se integra por un muy reducido número de comuneros, (no más de 125), y de otras personas ajenas a la comunidad cuyo obrar se caracteriza por la morosidad y su litigiosidad»
Alegación abiertamente hostil de una parte contra la otra; se registra porque retrata el estado del conflicto vecinal en 2026, no como descripción fiable de la Asociación. Contrasta con las resoluciones judiciales del corpus, que reconocieron reiteradamente la legitimación de la Asociación (p. ej. NOTE-2017-TSJCYL-141-006) y le dieron la razón en varios pleitos.
Afirmaciones relacionadas
- Relacionado con: La SAP 156/2010 rechaza la excepción de morosidad: la exigencia de estar al corriente de pago no rige al impugnar acuerdos sobre cuotas, y los actores no eran morosos porque los acuerdos que fundaban la deuda eran nulos.
Contrapunto judicial a la calificación de "morosos" que la circular de la CP de 2026 aplica a los miembros de la Asociación.
En el grafo
- Tema: Las juntas de la Comunidad de Propietarios y su impugnación
- Actor: Comunidad de Propietarios del Complejo Urbanístico Residencial de los Ángeles de San Rafael
- Actor: Asociación de Copropietarios de los Ángeles de San Rafael
- Acontecimiento: La Comunidad de Propietarios difunde una circular contra la reunión convocada por la Asociación