Acontecimiento · Junta
La junta de la CP ratifica la cesión de uso de las zonas deportivas y aplaza la deuda del asfaltado
Borrador — pendiente de revisión documental
Fecha: 1 de febrero de 2000
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Consta en
Sentencia 185/2017pág. 6FD Octavo31 de julio de 2017
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«en la Junta de Propietarios de 1 de febrero de 2000, se ratificó un acuerdo con el titular de las instalaciones, las mercantiles Compañía Internacional de Bienes Raíces S.A y Rancho Valdeolivas S.A.»
Consta en
Sentencia 185/2017pág. 7FD Noveno31 de julio de 2017
Según la SAP 185/2017, esta junta —que no consta anulada judicialmente— ratificó la cesión del uso de piscina y pistas de tenis a la Comunidad (que asumía su mantenimiento) y aprobó aplazar quince años el pago de la deuda del asfaltado con Inmobiliaria La Mezquita, con último abono en 2014. El acta de la junta no consta como PDF en el corpus: se conoce por su valoración en la SAP.
En el grafo
- Actor: Comunidad de Propietarios del Complejo Urbanístico Residencial de los Ángeles de San Rafael
- Actor: Compañía Internacional de Bienes Raíces, S.A.
- Actor: Rancho Valdeolivas, S.A.
- Tema: Las juntas de la Comunidad de Propietarios y su impugnación
- Afirmación: La nulidad de la junta de la CP de febrero de 2000 no se declaró en el JO 158/2001 por falta de prueba y porque sus acuerdos estaban ya suspendidos por sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 39 de Madrid.
- Afirmación: Las zonas deportivas (piscina y pistas de tenis) son de titularidad de las mercantiles CIBR y Rancho Valdeolivas S.A.; su uso fue cedido a la Comunidad de Propietarios por el acuerdo ratificado en la junta de 1.2.2000.