Pregunta de vecino

¿Cuándo terminaban los cuatro años de la Entidad de Conservación y por qué no se disolvió al cumplirse?

QUESTION-EUC-002

Borrador — pendiente de revisión documental

El plazo vencía el 3 de junio de 2017, cuatro años exactos desde el acuerdo plenario de recepción, y así se lo comunicó la propia Entidad a los propietarios. Cumplir el plazo no bastaba: según el fundamento jurídico octavo de la STSJ 217/2015, la obligación de conservar se extingue automáticamente a los cuatro años, pero la Entidad no puede disolverse antes de haber ejecutado las actuaciones de conservación que debió realizar durante ese periodo.

Ahí está el nudo: la Entidad consumió sin existir buena parte de su vigencia —en abril de 2014 aún no se había constituido— y después se le reprochó no haber conservado entre 2015 y 2017.

La respuesta, afirmación a afirmación

Hecho

Tras la STSJ 217/2015, el artículo 4 de los estatutos de la EUC fija su duración en cuatro años y extiende su obligación de mantenimiento y conservación hasta el 3 de junio de 2017 inclusive.

Consta en

Comunicación, 2016pág. 1Cambio 2 (nueva redacción del art. 4 de los estatutos)28 de enero de 2016

Ver lo que dice el documento
«Duración: La duración de la Entidad se establece por el periodo de CUATRO años, extendiéndose la obligación de mantenimiento y conservación a cargo de la Entidad hasta el día 3 de junio de 2017, inclusive, de conformidad a lo establecido en la referida resolución judicial»

Criterio jurídico

Según el fundamento jurídico octavo de la STSJ 217/2015 que la EUC transcribe, la obligación de conservación se extingue automáticamente a los cuatro años, pero la Entidad no puede disolverse antes de haber ejecutado las actuaciones de conservación debidas durante ese periodo.

Consta en

Comunicación, 2016pág. 2Transcripción del FJ octavo de la STSJ 217/201528 de enero de 2016

Ver lo que dice el documento
«La obligación de conservación de la urbanización sí que se extingue de forma automática pasados los cuatro años, pero sin duda la obligación de la Entidad es la de haber realizado esta conservación durante estos cuatro años, por lo que si transcurridos los cuatro años no se han ejecutado actuaciones de conservación que se deberían de haber realizado … no procede disolver la Entidad»

Hecho

En abril de 2014 la Entidad Urbanística de Conservación seguía sin constituirse: el borrador de estatutos aprobado por el Ayuntamiento estaba en fase de información pública y notificación a los afectados.

Consta en

Comunicación, 2014pág. 7impresa 3Informe jurídico 2013, apartado d)7 de abril de 2014

Ver lo que dice el documento
«la Entidad Urbanística de Conservación, cuya vigencia, por sentencia, queda establecido en cuatro, (4), años y que aún, al día de la fecha, está pendiente de constituirse pues se encuentra en fase de información pública y notificación a los afectados del Borrador de Estatutos aprobados por el Ayuntamiento»

En el grafo