Acontecimiento · Sentencia
El Tribunal Supremo fija doctrina sobre gastos comunes y ratifica la nulidad de los acuerdos de 2001
Borrador — pendiente de revisión documental
Fecha: 29 de mayo de 2009
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Sentencia 335/2009pág. 1Carátula29 de mayo de 2009
Consta en
Sentencia 335/2009pág. 11Fallo29 de mayo de 2009
Ver SRC-2009-TS-335 y sus notas. Es el punto de inflexión jurídico del conflicto de las juntas: a partir de esta doctrina, la Audiencia de Segovia abandonó su criterio anterior (SAP 156/2010) y cayeron las juntas posteriores basadas en la individualización de gastos.
En el grafo
- Procedimiento: Juicio ordinario 158/2001 — impugnación de la junta de la CP de 18.2.2001
- Actor: Tribunal Supremo (Sala Primera, de lo Civil)
- Actor: Asociación de Copropietarios de los Ángeles de San Rafael
- Actor: Comunidad de Propietarios del Complejo Urbanístico Residencial de los Ángeles de San Rafael
- Tema: Las juntas de la Comunidad de Propietarios y su impugnación
- Afirmación: La Comunidad de Propietarios interpuso recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la STS 335/2009, pidiendo su nulidad por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.
- Afirmación: La STS 335/2009 declara como doctrina jurisprudencial que los gastos comunes de una comunidad de propietarios solo son individualizables si su exclusión consta en el título constitutivo o en los estatutos, o se acuerda por unanimidad de la junta.