Procedimiento judicial
Juicio ordinario 158/2001 — impugnación de la junta de la CP de 18.2.2001
- Órgano: Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Segovia
- demandante: Asociación de Copropietarios de los Ángeles de San Rafael
- demandada: Comunidad de Propietarios del Complejo Urbanístico Residencial de los Ángeles de San Rafael
Acción de impugnación (art. 18.1 LPH) de la Junta General Ordinaria de 18.2.2001 y de los acuerdos de la junta de 1.2.2000. Cadena completa: sentencia del JPI nº 1 de Segovia de 10.12.2002 (nulidad de los acuerdos 2º y 3º de la junta de 18.2.2001) → SAP Segovia de 29.12.2003, rollo 173/03 (revoca y desestima) → STS 335/2009 (casa y ratifica la de instancia, con doctrina jurisprudencial). El número del procedimiento aparece con tres variantes en la propia STS (158/01, 158/2001, 158/2002).
Resoluciones documentadas
- Sentencia del JPI nº 1 de Segovia de 10.12.2002 (JO 158/2001) que anuló los acuerdos 2º y 3º de la junta de la Comunidad de Propietarios de 18.2.2001
- Sentencia 323/2003 de la Audiencia Provincial de Segovia que avaló la individualización de gastos de la junta de 18.2.2001 (luego casada por el Tribunal Supremo)
- Sentencia 335/2009 del Tribunal Supremo (Sala 1ª) que fija doctrina sobre la individualización de gastos comunes y ratifica la nulidad de los acuerdos de la junta de 18.2.2001
Cronología del procedimiento
10 de diciembre de 2002SentenciaEl JPI nº 1 de Segovia anula los acuerdos 2º y 3º de la junta de la CP de 18.2.2001
Es la sentencia incorporada al corpus como Sentencia, 2002. Rechazó en cambio anular la junta de febrero de 2000, por falta de elementos probatorios y porque sus acuerdos estaban suspendidos por sentencia del JPI nº 39 de Madrid (pág. PDF 2). Fue revocada en apelación y restablecida en casación.
Consta enSentencia, 2002pág. 4Fallo10 de diciembre de 2002
Ver lo que dice el documento
«declaro la nulidad de los acuerdos 2° y 3° de la junta de la comunidad demandada celebrada el 18 de febrero 2001, imponiendo las costas a dicha comunidad»
Consta enSentencia 335/2009pág. 3Antecedente de hecho Primero, 3º (fallo transcrito)29 de mayo de 2009
Ver la afirmación que se apoya en esto
29 de diciembre de 2003SentenciaLa Audiencia Provincial revoca la anulación de los acuerdos de la junta de 18.2.2001
Es la sentencia 323/2003 (Sentencia 323/2003), que avaló la individualización de gastos y levantó la suspensión cautelar de los acuerdos (acordada por auto de 19.12.2001, pág. PDF 9). Fue casada por la STS 335/2009.
Consta enSentencia 323/2003pág. 10Fallo29 de diciembre de 2003
Ver lo que dice el documento
«debemos revocar y revocamos la sentencia dictada en estas actuaciones … desestimando íntegramente la demanda … dejándose sin efecto la suspensión de los acuerdos adoptados por la Junta … celebrada el día 18 de febrero de 2.001»
Consta enSentencia 335/2009pág. 3Antecedente de hecho Primero, 4º (fallo transcrito)29 de mayo de 2009
Ver la afirmación que se apoya en esto
29 de mayo de 2009SentenciaEl Tribunal Supremo fija doctrina sobre gastos comunes y ratifica la nulidad de los acuerdos de 2001
Ver Sentencia 335/2009 y sus notas. Es el punto de inflexión jurídico del conflicto de las juntas: a partir de esta doctrina, la Audiencia de Segovia abandonó su criterio anterior (SAP 156/2010) y cayeron las juntas posteriores basadas en la individualización de gastos.
Consta enSentencia 335/2009pág. 1Carátula29 de mayo de 2009
Consta enSentencia 335/2009pág. 11Fallo29 de mayo de 2009
Ver las 2 afirmaciones que se apoyan en esto
- La Comunidad de Propietarios interpuso recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la STS 335/2009, pidiendo su nulidad por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.
- La STS 335/2009 declara como doctrina jurisprudencial que los gastos comunes de una comunidad de propietarios solo son individualizables si su exclusión consta en el título constitutivo o en los estatutos, o se acuerda por unanimidad de la junta.