Afirmación · Hecho
La propuesta de estatutos de la EUC preveía personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro de Urbanismo, duración de cuatro años, cuota proporcional a la superficie de la parcela y disolución condicionada a acreditar el cumplimiento de la totalidad de sus fines.
¿De dónde sale esto?
Comunicación, 2013pág. 10, 11, 12, 16impresa 9, 10, 11, 15Anexo 2, arts. 1, 4, 9 y 2515 de octubre de 2013
Ver lo que dice el documento
«La Asociación se disolverá cuando haya transcurrido el plazo de duración predeterminado, previa acreditación del cumplimiento de la totalidad de sus fines y previo acuerdo de disolución de la Asamblea General de la propia EUC»
El texto de 2013 es la propuesta; los estatutos definitivos se aprobaron el 1.8.2014 y fueron parcialmente anulados en 2015 (entre lo anulado, precisamente, parte de los arts. 2, 4, 9 y 17.2 — el criterio de cuota por superficie del art. 9 fue sustituido por el de aprovechamiento urbanístico, según la STSJ 141/2017, pág. PDF 7). El art. 16.2 sobre documentación a disposición de los asociados, decisivo en la anulación del presupuesto 2015, ya figura idéntico en la propuesta (pág. PDF 14).
Afirmaciones relacionadas
- Apoya a: Según la STSJ 16/2019, la disolución de la EUC no opera automáticamente por el transcurso de los cuatro años: exige además acreditar que la entidad cumplió su obligación de conservación y mantenimiento.
El art. 25 de la propuesta ya condicionaba la disolución a acreditar el cumplimiento de los fines, criterio que las sentencias de 2018-2019 aplicaron.
En el grafo
- Tema: La Entidad Urbanística de Conservación
- Actor: Entidad Urbanística de Conservación Fases Primera y Segunda de la Urbanización de los Ángeles de San Rafael
- Actor: Ayuntamiento de El Espinar
- Acontecimiento: El Pleno del Ayuntamiento acuerda la recepción de las obras de urbanización de las fases I y II