Acontecimiento · Recepción
El Pleno del Ayuntamiento acuerda la recepción de las obras de urbanización de las fases I y II
Fecha: 3 de junio de 2013
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STSJ CyL 16/2019pág. 25FD Sexto, 5º (acuerdo del Pleno de 3.6.2013 transcrito)18 de enero de 2019
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«PRIMERO.- Acordar la recepción de las obras de urbanización de las Fases 1ª y 2ª del Complejo urbanístico residencial de los Ángeles de San Rafael»
STSJ CyL 16/2019pág. 30FD Séptimo18 de enero de 2019
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«Es verdad que el día 3 de junio de 2.013 cuando se acordó la recepción de mencionada urbanización por parte del Ayuntamiento de El Espinar no se levantó acta que reflejara el concreto estado de conservación y mantenimiento»
STSJ CyL 16/2019pág. 26FD Sexto, 5º (acuerdos TERCERO y CUARTO transcritos)18 de enero de 2019
Comunicación, 2013pág. 2, 3, 4impresa 1, 2, 3Certificación del Secretario del acuerdo nº 7 del Pleno de 3.6.201315 de octubre de 2013
Hito central de la cronología: en ejecución de la sentencia firme de 3.6.2011 y de la STSJ 581/2012, el Pleno de 3.6.2013 (acuerdo nº 7) acordó la recepción de viales, terrenos dotacionales e infraestructuras de las fases I y II, que pasan a dominio público municipal; requirió a la Comunidad de Propietarios y a Compañía Internacional de Bienes Raíces S.A. la cesión notarial de los bienes; dispuso que el Ayuntamiento comenzara a prestar los servicios de los arts. 25 y 26 LBRL, con la excepción transitoria del agua (ver EVENT-ACUERDO-TRANSACCIONAL-AGUA-001); asumió la recogida de residuos desde el 1.7.2013; y aprobó la propuesta de estatutos de la EUC.
No se levantó acta del estado de conservación de la urbanización en ese momento (pág. PDF 30), carencia que resultó decisiva en el litigio posterior sobre la disolución de la EUC. Resuelve la incógnita que el corpus piloto dejaba abierta sobre cuándo se produjo la recepción.
En el grafo
- Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 20/2011 — ejecución de la sentencia de recepción
- Actor: Ayuntamiento de El Espinar
- Actor: Comunidad de Propietarios del Complejo Urbanístico Residencial de los Ángeles de San Rafael
- Actor: Compañía Internacional de Bienes Raíces, S.A.
- Tema: Recepción de la urbanización
- Afirmación: La recepción de 3.6.2013 identificó los viales cedidos como las fincas registrales 6.959 (fase 1ª, ~134.980 m²) y 8.306 (fase 2ª, ~174.652 m²), y unas zonas verdes que constan en el Catastro sin propietario conocido.
- Afirmación: La propuesta de estatutos de la EUC preveía personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro de Urbanismo, duración de cuatro años, cuota proporcional a la superficie de la parcela y disolución condicionada a acreditar el cumplimiento de la totalidad de sus fines.
- Afirmación: El Ayuntamiento de El Espinar emitió el 29 de agosto de 2013 un informe técnico previo a la suscripción de las actas de recepción del viario de las fases I y II.
- Afirmación: La Comunidad de Propietarios anuncia que el Ayuntamiento asumirá el alumbrado público desde junio de 2013 y la recogida de residuos sólidos desde julio de 2013, y el resto de servicios de forma paulatina.
- Afirmación: El acta de recepción administrativa de los viales de las fases I y II se suscribió el 4 de septiembre de 2013, tres meses después del acuerdo plenario de recepción.
- Afirmación: Según la sentencia 39/2017, desde la recepción de 3.6.2013 la Comunidad de Propietarios carecía de legitimación para convocar junta y adoptar acuerdos sobre servicios públicos (del Ayuntamiento) o conservación (de la EUC).
- Afirmación: El Pleno del Ayuntamiento de El Espinar acordó el 3.6.2013 la recepción de las obras de urbanización de las fases I y II, pasando los bienes recepcionados a tener la consideración de dominio público municipal.
- Afirmación: El 3.6.2013, al acordarse la recepción, no se levantó acta que reflejara el estado de conservación y mantenimiento de la urbanización.
- Afirmación: El acuerdo de recepción de 3.6.2013 requirió a la Comunidad de Propietarios y a Compañía Internacional de Bienes Raíces S.A., titular registral de los terrenos, la cesión gratuita ante notario de viales, zonas verdes e instalaciones de abastecimiento y depuración.
- Afirmación: El acuerdo de 3.6.2013 dispuso que el Ayuntamiento implantara la recogida de residuos sólidos urbanos en las fases I y II a partir del 1.7.2013.