Procedimiento judicial

Ejecución de títulos judiciales 20/2011 — ejecución de la sentencia de recepción

PROC-2011-JCA-SEGOVIA-ETJ-20 · ETJ 20/2011

Borrador — pendiente de revisión documental

Pieza de ejecución de la sentencia firme de 3.6.2011 del PO 28/2009. En ella se dictaron los autos de 24.2.2012 y 14.5.2012, apelados y resueltos por la STSJ 581/2012. En ella se homologó también el acuerdo transaccional sobre el periodo transitorio del agua.

Nota de identificación: la STSJ 581/2012 se refiere a esta pieza solo como “pieza separada de ejecución del procedimiento ordinario núm. 28/2009” (pág. PDF 2); el número “ETJ 0000020/2011 de PO 28/2009” consta en la carátula de la STSJ 114/2019 (pág. PDF 1). La identificación de ambas menciones como la misma pieza es una inferencia razonable, no un dato literal de la sentencia de 2012.

Piezas e incidentes

Resoluciones documentadas

Cronología del procedimiento

  1. 24 de febrero de 2012AutoAuto de ejecución que ordena recepcionar sin nuevo procedimiento y constituir una entidad de conservación

    Auto del JCA nº 1 de Segovia que declara que la sentencia firme de 3.6.2011 no había sido ejecutada en sus propios términos y fija las actividades para su correcta ejecución. Disponemos de su texto: Auto, 2012. Su parte dispositiva coincide literalmente con la que la STSJ 581/2012 transcribía, y la fecha de 24 de febrero de 2012 —que este evento ya llevaba incorporada a su identificador— queda confirmada por el encabezamiento del propio auto. El 28 de febrero sellado en la portada es la fecha de notificación, no la del auto.

    Consta en

    Auto, 2012pág. 1Encabezamiento24 de febrero de 2012

    Ver lo que dice el documento
    «En Segovia, 24 de febrero de dos mil doce»
    Consta en

    Auto, 2012pág. 14, 15Parte dispositiva24 de febrero de 2012

    Consta en

    STSJ CyL 581/2012pág. 2Antecedente de hecho Primero (parte dispositiva transcrita)21 de diciembre de 2012

    Ver lo que dice el documento
    «1º.- Recepcionar las obras de urbanización del Complejo de los Ángeles de San Rafael fases I y II, sin sometimiento a un nuevo procedimiento previsto en el RUCyL. 2º.- … se constituirá una Entidad de conservación con una duración máxima de cuatro años»
    Ver las 6 afirmaciones que se apoyan en esto

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  2. Fecha discutidaAutoAuto que complementa el de 24.2.2012 atribuyendo los servicios públicos a la entidad de conservación⚠ Fecha discutida: 14 de mayo de 2012 o 4 de mayo de 2012

    Auto de complemento del de 24.2.2012. Este pronunciamiento fue después revocado por la STSJ 581/2012, que atribuyó el coste de los servicios públicos al Ayuntamiento desde la recepción. Seguimos sin disponer de su PDF: se conoce por su transcripción en la STSJ 581/2012.

    Fecha disputada: la sentencia de apelación lo fecha el 14 de mayo de 2012 y los recursos de apelación de junio de 2012, el 4 de mayo. Sin el original no hay forma de decidir, así que se representan ambas candidatas (Escrito de parte, 2012, pág. 5). El identificador de este evento conserva el 14 porque los identificadores no cambian una vez creados: es una marca de cómo se creó, no una afirmación sobre la fecha real. Sí se dispone en cambio del auto que complementa, el de 24.2.2012 (Auto, 2012), cuyas quince páginas no mencionan en ningún punto mayo de 2012: son dos resoluciones separadas y solo tenemos la primera.

    Consta en

    STSJ CyL 581/2012pág. 2Antecedente de hecho Primero (texto transcrito)21 de diciembre de 2012

    Ver lo que dice el documento
    «La prestación de servicios públicos será realizada por la Entidad de Conservación durante el plazo de vigencia de la misma, fijada en cuatro años»
    Ver las 2 afirmaciones que se apoyan en esto

    Ficha completa del acontecimiento

  3. 21 de diciembre de 2012SentenciaEl TSJ CyL dicta la sentencia 581/2012 sobre la ejecución de la recepción
  4. 3 de junio de 2013RecepciónEl Pleno del Ayuntamiento acuerda la recepción de las obras de urbanización de las fases I y II

    Hito central de la cronología: en ejecución de la sentencia firme de 3.6.2011 y de la STSJ 581/2012, el Pleno de 3.6.2013 (acuerdo nº 7) acordó la recepción de viales, terrenos dotacionales e infraestructuras de las fases I y II, que pasan a dominio público municipal; requirió a la Comunidad de Propietarios y a Compañía Internacional de Bienes Raíces S.A. la cesión notarial de los bienes; dispuso que el Ayuntamiento comenzara a prestar los servicios de los arts. 25 y 26 LBRL, con la excepción transitoria del agua (ver 3 de junio de 2013); asumió la recogida de residuos desde el 1.7.2013; y aprobó la propuesta de estatutos de la EUC.

    No se levantó acta del estado de conservación de la urbanización en ese momento (pág. PDF 30), carencia que resultó decisiva en el litigio posterior sobre la disolución de la EUC. Resuelve la incógnita que el corpus piloto dejaba abierta sobre cuándo se produjo la recepción.

    Consta en

    STSJ CyL 16/2019pág. 25FD Sexto, 5º (acuerdo del Pleno de 3.6.2013 transcrito)18 de enero de 2019

    Ver lo que dice el documento
    «PRIMERO.- Acordar la recepción de las obras de urbanización de las Fases 1ª y 2ª del Complejo urbanístico residencial de los Ángeles de San Rafael»
    Consta en

    STSJ CyL 16/2019pág. 30FD Séptimo18 de enero de 2019

    Ver lo que dice el documento
    «Es verdad que el día 3 de junio de 2.013 cuando se acordó la recepción de mencionada urbanización por parte del Ayuntamiento de El Espinar no se levantó acta que reflejara el concreto estado de conservación y mantenimiento»
    Consta en

    STSJ CyL 16/2019pág. 26FD Sexto, 5º (acuerdos TERCERO y CUARTO transcritos)18 de enero de 2019

    Consta en

    Comunicación, 2013pág. 2, 3, 4impresa 1, 2, 3Certificación del Secretario del acuerdo nº 7 del Pleno de 3.6.201315 de octubre de 2013

    Ver las 10 afirmaciones que se apoyan en esto

    Ficha completa del acontecimiento

  5. 3 de junio de 2013AcuerdoAcuerdo transaccional sobre el suministro de agua, aprobado en Pleno y homologado judicialmente

    Acuerdo entre el Ayuntamiento y la Comunidad de Propietarios (“Acuerdo transaccional para la prestación temporal del servicio de abastecimiento y saneamiento de agua en las fases I y II”), aprobado como Anexo 1 del acuerdo nº 7 del Pleno de 3.6.2013 —el mismo que acordó la recepción— y homologado por auto de 28.6.2013 (ver 28 de junio de 2013). Estableció un periodo transitorio de cinco años durante el cual el abastecimiento de agua seguiría prestándose por la Comunidad de Propietarios, con las tarifas del Servicio Territorial de Medio Ambiente de 14.2.1996 (STSJ 114/2019, pág. PDF 8), ante la imposibilidad “técnica y jurídicamente” de que el Ayuntamiento asumiera esos servicios en ese momento (STSJ 16/2019, pág. PDF 26).

    Historial de la fecha: este evento estuvo registrado como dateStatus: disputed porque la STSJ 114/2019 fecha el acuerdo de dos formas (3.6.2013 y 3.6.2018) dentro del mismo documento. La STSJ 16/2019 —que transcribe el acuerdo plenario y su cadena de homologación— corrobora 3.6.2013, por lo que se adopta esa fecha como documentada; las candidatas y su rastro se conservan en dateEvidence.

    Texto primario disponible: el acuerdo transaccional íntegro consta como Anexo 1 de la certificación municipal (Comunicación, 2013, págs. PDF 4-10). Curiosamente, en esa copia certificada el documento aparece sin día de firma (“En El Espinar, a … de … de 2013”): la fecha adoptada corresponde a la aprobación del acuerdo por el Pleno, y la homologación judicial llegó el 28.6.2013.

    Consta en

    Comunicación, 2013pág. 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10impresa 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9Anexo 1 del acuerdo plenario (texto íntegro del acuerdo transaccional)15 de octubre de 2013

    Consta en

    STSJ CyL 16/2019pág. 26FD Sexto, 5º (acuerdo QUINTO transcrito)18 de enero de 2019

    Ver lo que dice el documento
    «se aprueba el "ACUERDO TRANSACCIONAL PARA LA PRESTACIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO DE AGUA EN LAS FASES I Y II …" cuyo texto se adjunta como Anexo 1»
    Consta en

    STSJ CyL 114/2019pág. 8, 9FD Tercero (transcripción del auto 177/2018)26 de abril de 2019

    Ver las 4 afirmaciones que se apoyan en esto

    Ficha completa del acontecimiento

  6. 28 de junio de 2013AutoEl JCA nº 1 de Segovia homologa el acuerdo transaccional del agua

    Auto de homologación del acuerdo transaccional para la prestación temporal del servicio de abastecimiento y saneamiento de agua (ver 3 de junio de 2013). Declarado firme el 15.7.2013 y notificado el 3.7.2013 a la Asociación de Copropietarios, cuyo incidente de nulidad fue rechazado por auto firme de 3.10.2013. La conformidad a derecho del acuerdo fue reconocida después por sentencias de la Sala de 16.1.2015 (rollo 157/2014) y 8.5.2018 (rollo 200/2017), cuyos PDFs no constan en el corpus.

    Consta en

    STSJ CyL 16/2019pág. 27FD Sexto, 6º18 de enero de 2019

    Ver lo que dice el documento
    «Dicho Acuerdo Transaccional fue homologado mediante auto de 28.6.2013, declarado firme el 15.7.2013, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Segovia»
    Ver la afirmación que se apoya en esto

    Ficha completa del acontecimiento