Afirmación · Criterio jurídico

Según la SAP 185/2017, los gastos de conservación asumidos de hecho por la Comunidad de Propietarios en 2014, ante la inoperatividad de la EUC, podían repercutirse legítimamente a los comuneros.

NOTE-2017-AP-SEGOVIA-185-003

Criterio jurídicoDocumentadoBorrador — pendiente de revisión documental

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Sentencia 185/2017pág. 5, 6FD Sexto31 de julio de 2017

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«habiendo sido desembolsados por la Comunidad de Propietarios ante la inexistencia efectiva de la EUC, podrán ser repercutidos a los comuneros, beneficiarios de los mismos, en la proporción que legamente les corresponda»

La Audiencia precisa además que el Ayuntamiento asumió residuos y alumbrado desde el acuerdo plenario de junio de 2013, y que servicios como transporte interno, jardines o correos siguieron siendo prestados de hecho por la Comunidad sin protesta vecinal documentada (págs. PDF 5-6).

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