Sentencia civil (juicio ordinario 757/2015) que, en acción del art. 18 LPH, declara la nulidad de la Junta General Ordinaria de la Comunidad de Propietarios de 2.7.2015 y de todos sus acuerdos, con costas a la demandada (Fallo, pág. PDF 9). Ojo: esa junta de la CP es distinta de la asamblea de la EUC celebrada el mismo día (ver EVENT-2015-07-02-ASAMBLEA-EUC-PRESUPUESTO).
Razonamiento central: recepcionada la urbanización el 3.6.2013, lo relativo a servicios públicos correspondía al Ayuntamiento y lo relativo a conservación a la EUC, por lo que la Comunidad carecía de legitimación para convocar y acordar sobre esos puntos (págs. PDF 5-7); además, las cuentas de 1999 a junio de 2013 habían sido declaradas nulas por sentencias firmes anteriores y la documentación aportada con la convocatoria era insuficiente (pág. PDF 8).
Captura: escaneo con subrayados y anotaciones manuscritas de un lector anterior (“ojo!!”). Es un testimonio expedido el 14.3.2017. Discrepancia interna: cita una sentencia del TSJ de “29 de diciembre de 2015” sobre el cómputo de la conservación hasta el 3.6.2017 (pág. PDF 5), fecha que no cuadra con la sentencia de estatutos de 29.10.2015 documentada en EVENT-2015-10-29-STSJ-ANULA-PARTE-ESTATUTOS-EUC; posible errata.